Artículo 38 del REGLAMENTO de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Hacienda le va a dar a los organismos descentralizados (como ciertas empresas del gobierno) un certificado digital y una clave de acceso. Esto es para que puedan recibir y procesar las solicitudes para registrar documentos, información o trámites que les correspondan. La persona encargada de hacer la desincorporación (sacarlos del gobierno) usará ese certificado y clave del organismo para hacer los registros necesarios. En pocas palabras, es como si les dieran una contraseña especial para hacer trámites en línea de manera segura.
Texto oficial
Artículo 38.- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público proporcionará acceso a los organismos descentralizados a través de un certificado digital y una clave de acceso, emitidos en términos de las disposiciones aplicables, con la finalidad de recibir y procesar las solicitudes de inscripción de los actos, documentación o información correspondientes. El responsable del proceso de desincorporación utilizará el certificado digital y la clave de acceso del organismo de que se trate, a efecto de realizar las inscripciones que le correspondan. Artículo adicionado DOF 23-11-2010 REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE LAS ENTIDADES PARAESTATALES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 23-11-2010 12 de 15
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.