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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LFFAROSC/32
Ley
REGLAMENTO de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil
Artículo
32

Artículo 32 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría Técnica es la que decide si una solicitud de inscripción es válida o no. Esto lo hace después de revisar que toda la información y los documentos que entregaste estén correctos. Si todo está en orden, te aceptan; si no, te rechazan. Básicamente, ellos checan que no falte nada y que todo sea legal.

Texto oficial

Artículo 32. La Secretaría Técnica será la responsable de determinar la procedencia o improcedencia de las solicitudes de inscripción, una vez realizada la validación de la información y la documentación exhibida.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil (pág. 7) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.