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Artículo 9 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las dependencias del gobierno y entidades públicas deben darles a las organizaciones la información que necesiten para hacer su trabajo de vigilancia ciudadana, sin violar lo que dice la Ley de Transparencia. Esto significa que los grupos de la sociedad civil pueden pedir datos sobre cómo se usan los recursos públicos. La única condición es que esa información no sea reservada o confidencial según las reglas de transparencia. Así, se busca que todos puedan revisar que el gobierno actúe correctamente.

Texto oficial

Artículo 9. Las Dependencias y Entidades facilitarán a las Organizaciones el acceso a la información para ejercer sus actividades en materia de contraloría social, sin perjuicio de lo que dispone la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.