Artículo 101 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Juegos y Sorteos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 101 dice que no se van a permitir sorteos donde te inviten a consumir tabaco, bebidas alcohólicas, medicamentos o cualquier producto que dañe tu salud, según lo que marca la Ley General de Salud. O sea, no puede haber rifas o dinámicas que te animen a fumar, tomar alcohol o usar medicinas como premio. Tampoco vale incluir cosas que sean malas para tu cuerpo. En pocas palabras, está prohibido organizar sorteos que promuevan estos productos.
Texto oficial
ARTÍCULO 101.- No se autorizarán sorteos en los que se promueva el consumo de: I. Tabaco; II. Bebidas alcohólicas; III. Medicamentos, o IV. Productos o artículos que atenten contra la salud, en los términos previstos por la Ley General de Salud.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.