Artículo 110 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Juegos y Sorteos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si quieres hacer un sorteo sin vender boletos, tienes que pedir un permiso. En ese permiso debes decir cuántos boletos vas a repartir como máximo. La información del número de boletos debe aparecer en el comprobante que le das a la gente cuando participa, y también en los anuncios o la publicidad del evento o promoción. Así todos saben de antemano cuántos boletos hay y cómo funciona el sorteo.
Texto oficial
ARTÍCULO 110.- Para que sea autorizado un sorteo sin venta de boletos, se requiere que se establezca en la solicitud y el permiso el número máximo de boletos a distribuir. Esta información deberá ser hecha del conocimiento del público en el texto del comprobante de participación, en su caso, así como en la publicidad o difusión de la promoción comercial o del evento que corresponda.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.