Artículo 111 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Juegos y Sorteos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando te dan un permiso para hacer un sorteo sin vender boletos, la Secretaría tiene que anotar cuántos boletos participan y hasta cuándo puedes repartirlos. Esa información también debe venir escrita en los comprobantes que les das a los participantes. Una vez que se acabe ese plazo, ya no puedes seguir distribuyendo boletos.
Texto oficial
ARTÍCULO 111.- La Secretaría deberá señalar en el permiso que expida al permisionario la cantidad de boletos que participarán en un sorteo sin venta de boletos, así como el periodo permitido para su REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE JUEGOS Y SORTEOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 16-11-2023 32 de 48 distribución, y ello se señalará en el texto de los comprobantes entregados a los participantes. Una vez agotado dicho periodo, deberá suspenderse la distribución de boletos. CAPÍTULO II DE LOS SORTEOS INSTANTÁNEOS
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