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Artículo 117 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Juegos y Sorteos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un programa de TV, radio o internet ofrece premios en concursos con preguntas o juegos de azar, necesita un permiso especial de la Secretaría de Gobernación. La Dependencia responsable es la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía. Además, antes de dar ese permiso, otra área llamada Unidad de Gobierno debe dar su visto bueno. Las estaciones de radio o canales de televisión que quieran promover estos concursos solo pueden hacerlo si la empresa organizadora ya tiene su permiso listo.

Texto oficial

ARTÍCULO 117.- Los programas comerciales de concursos, los de preguntas y respuestas y otros semejantes en que se ofrezcan premios, en los que en alguna etapa de su desarrollo intervenga directa o indirectamente el azar, que se transmitan o únicamente se promocionen por medios de comunicación masiva, tales como la radio, la televisión abierta o restringida u otros, sólo podrán llevarse a cabo con autorización y supervisión de la Secretaría, por conducto de la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía, de conformidad con lo dispuesto en la normatividad aplicable y, en lo que no se oponga a ésta, por lo previsto en el presente Reglamento. La autorización antes referida, únicamente podrá otorgarse una vez que la Unidad de Gobierno emita opinión favorable al respecto. En su caso, los concesionarios o permisionarios se cerciorarán de que los particulares que sólo pretendan promocionar los concursos a que se refiere este artículo, por los medios de comunicación de que son titulares, cuenten con la autorización previa correspondiente. CAPÍTULO V DE LOS BOLETOS NO VENDIDOS, NO DISTRIBUIDOS, EXTRAVIADOS O ROBADOS

Ver ley oficial en el DOF (pág. 33) ↗

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