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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LFJS/152
Ley
REGLAMENTO de la Ley Federal de Juegos y Sorteos
Artículo
152

Artículo 152 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Juegos y Sorteos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando la Secretaría (la dependencia del gobierno) quiera multarte o castigarte por algo, primero tiene que avisarte formalmente que va a empezar un proceso administrativo. Ese aviso es para que tú tengas la oportunidad de presentar pruebas que ayuden a tu caso y también puedas decir lo que quieras para defenderte, siguiendo las reglas que ya están establecidas. Es como si te dieran chance de dar tu versión antes de que te apliquen una sanción. O sea, no te pueden castigar sin antes escucharte o darte la oportunidad de demostrar que no hiciste nada malo.

Texto oficial

ARTÍCULO 152.- Para imponer una sanción de las referidas en los artículos anteriores, la Secretaría deberá notificar previamente al infractor del inicio del procedimiento administrativo, para que éste aporte las pruebas que considere conducentes y exponga lo que a su derecho convenga, en términos de las disposiciones aplicables.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Federal de Juegos y Sorteos (pág. 43) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.