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Artículo 58 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Juegos y Sorteos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El permisionario (la persona que tiene el permiso para organizar algo) puede nombrar al intendente del frontón, que es como el encargado de ese lugar. Pero antes de que empiece a trabajar, la Secretaría (la dependencia de gobierno que supervisa esto) tiene que darle su visto bueno por escrito. Sin esa aprobación, no puede asumir el puesto.

Texto oficial

ARTÍCULO 58.- El permisionario podrá designar al intendente del frontón, quien deberá contar con la aprobación previa y por escrito de la Secretaría para recibir su designación. CAPÍTULO III DE LAS FERIAS, CARRERAS DE CABALLOS EN ESCENARIOS TEMPORALES Y PELEAS DE GALLOS SECCIÓN I DE LAS FERIAS

Ver ley oficial en el DOF (pág. 23) ↗

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