Artículo 59 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Juegos y Sorteos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las ferias son eventos temporales que se organizan una vez al año en un municipio o alcaldía, con permiso del gobierno estatal y local. Duran entre 21 y 28 días seguidos, y su objetivo es promover la economía, el turismo, el campo u otras actividades. No cuentan como ferias las celebraciones locales como fiestas cívicas, sociales o religiosas, aunque duren menos de 28 días y tengan permiso de las autoridades.
Texto oficial
ARTÍCULO 59. Las ferias son eventos regionales temporales que tienen como objetivo la promoción de la actividad económica, turística, agropecuaria o de otra naturaleza, autorizados expresamente por el gobierno de la entidad federativa y por la autoridad del municipio o la alcaldía correspondiente, realizados una sola vez al año con duración mínima de 21 y máxima de 28 días naturales. Párrafo reformado DOF 16-11-2023 No se consideran ferias las celebraciones locales temporales que realice una población con objeto de festejar eventos cívicos, sociales o religiosos de la localidad, aunque cuenten con la aprobación de las autoridades competentes para su instalación y que se realicen anualmente en cada plaza o comunidad por un plazo menor o igual a 28 días.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.