Artículo 11 del REGLAMENTO de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada año, la Secretaría (la dependencia del gobierno) y el CONACULTA (que ahora se llama Secretaría de Cultura) tienen que hacer un informe público. Ahí deben explicar cómo va la ejecución del Programa y todo lo que han hecho para cumplir con lo que dice la Ley. Ese informe lo tienes que poder consultar en internet, en las páginas oficiales de ambas dependencias, sin tener que pedirlo.
Texto oficial
Artículo 11.- La Secretaría y el CONACULTA elaborarán anualmente un informe público respecto del estado que guarda la ejecución del Programa y de las acciones que lleven a cabo en cumplimiento de lo establecido en la Ley, mismo que deberá estar disponible para su consulta pública en las páginas electrónicas tanto de la Secretaría como del CONACULTA. Capítulo V Del Consejo
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.