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Artículo 3 del REGLAMENTO de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría es la única que puede aclarar cómo se aplica este Reglamento en asuntos del día a día, pero eso no significa que otras dependencias no puedan opinar si la Ley les da autoridad en ciertos temas. En otras palabras, la Secretaría tiene la última palabra sobre cómo entender las reglas administrativas, pero no puede meterse en lo que ya le toca a otras oficinas por su propia Ley.

Texto oficial

Artículo 3.- Corresponde a la Secretaría la interpretación de este Reglamento para efectos administrativos, sin perjuicio de la competencia que, de acuerdo a las materias de la Ley, confieran las disposiciones aplicables a otras dependencias. Capítulo II De las Autoridades Responsables

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.