- Ley
- REGLAMENTO de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita
- Artículo
- 51
Artículo 51 del REGLAMENTO de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si vendes productos o servicios en México y debes cumplir con las reglas oficiales (normas), puedes comprobar que tienes un sistema de calidad. Para eso, muestras un certificado vigente emitido por una empresa autorizada que verifique tu calidad. También puedes demostrar que tus procesos incluyen una revisión constante de tu control de calidad.
Texto oficial
ARTÍCULO 51. Para los efectos de lo establecido en el artículo 56 de la Ley, los productores, fabricantes, importadores, comercializadores o prestadores de servicios sujetos al cumplimiento de normas oficiales mexicanas, podrán demostrar que cuentan con un sistema de calidad de producto, presentando certificado vigente expedido por un organismo de certificación acreditado en materia de aseguramiento de calidad, o que los procedimientos de evaluación de la conformidad del producto o servicio incorporan la verificación sistemática del sistema de control de calidad. Capítulo IV REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL SOBRE METROLOGÍA Y NORMALIZACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 28-11-2012 15 de 36 Sección I De la Comisión Nacional de Normalización
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