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Ley
REGLAMENTO de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita
Artículo
82

Artículo 82 del REGLAMENTO de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (que es una dependencia del gobierno) te avisará, a ti o a quien le toque, sobre los pasos para revisar si un producto o servicio cumple con las reglas oficiales. Esos pasos los dan a conocer otras oficinas del gobierno y se publican en el Diario Oficial de la Federación (el periódico donde salen las leyes). Todo esto se hace siguiendo lo que dicen los acuerdos y tratados internacionales que México ha firmado con otros países. En resumen, es un aviso oficial para que sepas cómo se verifican las normas, siempre respetando los compromisos de México en el extranjero.

Texto oficial

ARTÍCULO 82. La Secretaría notificará a quien corresponda, los procedimientos para la evaluación de la conformidad que expidan las dependencias y sean publicados en el Diario Oficial de la Federación, conforme a lo dispuesto en los acuerdos y tratados internacionales de los que los Estados Unidos Mexicanos sean parte.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (pág. 23) ↗

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