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Ley
REGLAMENTO de la Ley Federal Sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticos e Históricos
Artículo
16

Artículo 16 del REGLAMENTO de la Ley Federal Sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticos e Históricos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando los inspectores pidan ayuda para hacer su trabajo, las autoridades civiles y militares están obligadas a apoyarlos. Esto aplica en casos como cuando necesiten revisar documentos o garantizar que se cumpla la ley. Así, los inspectores no actúan solos, sino con respaldo de otras autoridades.

Texto oficial

ARTICULO 16.- Las autoridades civiles y militares auxiliarán a los inspectores en sus funciones cuando éstos lo soliciten. CAPITULO II Del Registro

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Federal Sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticos e Históricos (pág. 4) ↗

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