Artículo 26 del REGLAMENTO de la Ley Federal Sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticos e Históricos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 26 dice que los registros oficiales, como los de un negocio o una empresa, se pueden eliminar o cancelar por cuatro razones. La primera es cuando se echa para atrás la declaración que le dio origen. La segunda, por orden de un juez o autoridad que tenga facultad para decidirlo. La tercera, si el comerciante cierra su negocio o lo da de baja. Y la cuarta, por cualquier otra causa que digan las leyes o reglamentos.
Texto oficial
ARTICULO 26.- Las inscripciones se cancelarán por las causas siguientes: I.- Revocación de declaratoria; II.- Resolución de autoridad competente; III.- Clausura o baja, en caso de comerciante; y IV.- Las demás que establezcan las leyes o reglamentos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.