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Artículo 105 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El SNICS (el Sistema Nacional de Inspección y Certificación de Semillas) es como un supervisor que revisa que se cumplan las reglas sobre semillas. Para hacer su trabajo, sus empleados autorizados pueden pedirte documentos, hacer visitas a tu negocio o bodega, o armar programas especiales de revisión. Todo esto lo tienen que hacer siguiendo pasos muy claros que marca la ley, como avisarte con tiempo y respetar tus derechos.

Texto oficial

Artículo 105.- El SNICS realizará los actos de inspección y vigilancia para comprobar el cumplimiento de lo dispuesto por la Ley, el presente Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables. La inspección y vigilancia será realizada por el personal debidamente autorizado, el cual deberá observar las formalidades señaladas en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y con apego a lo señalado en el Título Quinto de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, pudiendo realizar cualquiera de los actos siguientes: I. Requerimiento de documentación, informes o datos, a los responsables del cumplimiento de las disposiciones; II. Visitas de verificación, y III. Programas de Inspección y Vigilancia, a comercios, bodegas, almacenes, expendios y plantas de beneficio de semillas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.