- Ley
- REGLAMENTO de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas
- Artículo
- 30
Artículo 30 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada del campo y las semillas) va a pedir ayuda a los Comités Consultivos Regionales o Estatales de Semillas para poner en marcha sus planes. Estos comités son grupos de expertos y personas del sector que dan consejos y apoyo en cada región o estado del país. Básicamente, el gobierno no trabaja solo, sino que se apoya en estos comités para tomar mejores decisiones. Esto aplica para todo lo relacionado con semillas, como su producción, distribución o cuidado.
Texto oficial
Artículo 30.- Para la implementación de las políticas en materia de semillas, la Secretaría se apoyará en los Comités Consultivos Regionales o Estatales de Semillas. CAPÍTULO VI DEL FOMENTO A LA INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO
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