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Artículo 4 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El SNICS es una oficina del gobierno que se encarga de llevar un registro, llamado Directorio, con todos los datos de las personas y empresas que trabajan con semillas y plantas. En ese Directorio deben aparecer quienes crean nuevas variedades de plantas, y también quienes producen, guardan, limpian, venden, mandan al extranjero, traen de fuera o comercian con semillas. El SNICS tiene la obligación de mantener ese listado siempre actualizado, agregando o quitando información cuando sea necesario. Esto aplica tanto para personas como para empresas, es decir, negocios o compañías.

Texto oficial

Artículo 4.- El SNICS integrará y mantendrá actualizado el Directorio para lo cual deberá incluir a las personas físicas o morales que se dediquen a la obtención de variedades vegetales, así como a la producción, almacenamiento, beneficio, distribución, exportación, importación y comercio de semillas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.