Artículo 45 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El SNICS (que es la oficina encargada de las semillas y plantas en México) va a crear y mantener un listado público llamado Catálogo Nacional de Variedades Vegetales. Ese catálogo debe incluir datos como el tipo de cultivo, la especie de la planta, el nombre de la variedad, quién la registró y su número de registro. La información se va a publicar tanto en internet como en papel para que todos la conozcan. Además, la publicación se hace cada año, entre octubre y diciembre.
Texto oficial
Artículo 45.- El SNICS integrará, actualizará y publicará, a través de los medios de comunicación electrónicos e impresos procedentes, el Catálogo Nacional de Variedades Vegetales, para su difusión, y al menos deberá contener la siguiente información: I. Cultivo; II. Género y especie vegetal; III. Denominación de la variedad vegetal; IV. Nombre o razón social del solicitante de la inscripción de la variedad vegetal, y V. Número de inscripción. Su publicación se realizará durante el último trimestre de cada año.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.