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Artículo 74 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes un lote de semillas que no pasó todos los requisitos de calidad para la categoría que querías obtener, puedes pedirle al SNICS (el organismo que regula las semillas) o a la empresa certificadora que lo apruebe como semilla de "categoría habilitada". Eso sí, solo aplica si esa semilla cumple con el mínimo de calidad que marca el reglamento para esa categoría más baja. En pocas palabras, aunque no alcances el nivel más alto, tu semilla aún puede tener un uso permitido si cumple con los estándares más básicos.

Texto oficial

Artículo 74.- Si la semilla sujeta a calificación y producida en la unidad de inscripción, no cumple con alguno de los factores y niveles de calidad establecidos en las Reglas del cultivo para la categoría a obtener, el usuario podrá solicitarle al SNICS o al organismo de certificación, calificarla como semilla de categoría habilitada, siempre y cuando cumpla los límites mínimos de su calidad establecidos a su vez en la Regla correspondiente en términos de la Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.