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Ley
REGLAMENTO de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas
Artículo
80

Artículo 80 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El SNICS (que es una dependencia del gobierno encargada de las semillas) tiene que revisar técnicamente a las empresas o asociaciones (personas morales) que quieran certificar semillas o renovar su permiso. Estas revisiones no son al azar: se tienen que hacer siguiendo las leyes que aplican. Además, el SNICS también deberá evaluar al personal que la empresa autorice. En pocas palabras, si una organización quiere dar el visto bueno a semillas, tanto ella como su equipo pasan por un examen técnico obligatorio.

Texto oficial

Artículo 80.- El SNICS deberá realizar las evaluaciones técnicas de conformidad con las disposiciones legales aplicables, a las personas morales que pretendan ser aprobadas como organismos de certificación para la calificación de semillas u obtener su renovación. Dichas evaluaciones técnicas deberán ser aplicadas al personal autorizado por el solicitante.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas (pág. 16) ↗

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