Artículo 83 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El SNICS (que es como la oficina que revisa las semillas) tiene 10 días hábiles (días de trabajo, sin contar sábados, domingos ni festivos) para decirte si tu semilla pasó o no la evaluación. Si sí pasa, te dirá cómo debe ir aprobada; si no, te explicará por qué no procede. Además, si no cumples con lo que pide el artículo 82 (como dar la información correcta), te pueden cancelar la aprobación que ya te habían dado.
Texto oficial
Artículo 83.- El SNICS contará con un periodo de diez días hábiles para notificar al interesado, el resultado de la evaluación, y en su caso, los términos de la aprobación o la no procedencia de la misma, con base en lo establecido en los artículos 79 al 81 del presente Reglamento. En caso de no cumplir con lo establecido por el artículo 82 del presente Reglamento, procederá la cancelación de la aprobación otorgada. CAPÍTULO IX COMERCIO DE SEMILLAS
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.