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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LFPCCS/87
Ley
REGLAMENTO de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas
Artículo
87

Artículo 87 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si vas a vender semillas de plantas que están protegidas por la Ley Federal de Variedades Vegetales, tienes que poner en la etiqueta del producto que esa variedad está protegida. Esa etiqueta es la misma que menciona el artículo 33 de esa Ley. Así la gente sabe que está comprando una semilla que tiene derechos legales.

Texto oficial

Artículo 87.- Tratándose de la comercialización de semillas provenientes de variedades vegetales protegidas, en términos de la Ley Federal de Variedades Vegetales, se deberá indicar en la etiqueta señalada en el artículo 33 de la Ley, que se trata de una variedad protegida.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas (pág. 17) ↗

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