Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LFPCCS/99
Ley
REGLAMENTO de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas
Artículo
99

Artículo 99 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Comité Consultivo Regional puede desaparecer, pero solo si los Comités Consultivos de los estados correspondientes están de acuerdo. Esto significa que los grupos locales de cada estado deben ponerse de acuerdo para que el grupo regional se termine. No basta con que un solo comité estatal lo decida; todos los involucrados tienen que votar a favor. Es como una junta de colonos donde, para cerrar una delegación, todos los representantes deben aprobarlo.

Texto oficial

Artículo 99.- El Comité Consultivo Regional podrá desintegrarse, previo acuerdo de los Comités Consultivos Estatales respectivos.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas (pág. 19) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.