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Artículo 22 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección al Consumidor

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Procurador va a sacar un documento, llamado Acuerdo, donde explicará paso a paso cómo se aseguran los bienes (como casas o dinero) que estén relacionados con un delito. Ese documento tiene que publicarse en el Diario Oficial de la Federación para que todos lo conozcan. Ahí también dirá en qué casos la Procuraduría va a pasar esos bienes al SAE, que es la oficina encargada de administrarlos o venderlos. Todo esto se hará siguiendo las reglas de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público y otras leyes que apliquen.

Texto oficial

Artículo 22.- El procedimiento que regule el aseguramiento a que se refiere el artículo anterior, será expedido por el Procurador mediante Acuerdo que deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación. En dicho procedimiento se establecerán, entre otros, los criterios para determinar los casos en los que la Procuraduría transferirá los bienes en cuestión al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, de conformidad con las disposiciones relativas de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público y las demás disposiciones jurídicas que resulten aplicables. CAPÍTULO III De la privacidad de la información y de la publicidad

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.