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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LFPC_191219/36
Ley
REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección al Consumidor
Artículo
36

Artículo 36 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección al Consumidor

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El contrato de compraventa debe decir claramente cómo y cuándo se va a entregar la casa o el terreno en la fecha acordada. Si se cumplen esas condiciones, el vendedor está obligado a entregarlo justo en esa fecha. También tiene que especificar en qué situaciones, sin irse contra la ley, puede haber una demora sin que el vendedor sea culpable. Esto sirve para que ambas partes sepan desde el principio lo que puede pasar si hay un retraso y quién se hace responsable. En pocas palabras, el contrato debe ser claro tanto para la entrega puntual como para las posibles demoras.

Texto oficial

Artículo 36.- El contrato de compraventa deberá señalar las condiciones a que se sujete la entrega del inmueble en la fecha pactada. Cumplidas tales condiciones, el proveedor deberá entregar el inmueble en dicha fecha. Asimismo, el contrato de compraventa deberá señalar aquellos casos, causas o situaciones que, sin contravenir las disposiciones legales aplicables, puedan resultar en un retraso en la entrega del inmueble sin responsabilidad para el proveedor.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección al Consumidor (pág. 9) ↗

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