Artículo 4 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección al Consumidor
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que ciertas empresas (llamadas personas morales) pueden demostrar que son microempresas o microindustrias usando documentos oficiales. Esos documentos deben ser emitidos por una autoridad competente, como la Secretaría de Economía o el IMSS, según lo que marcan otras leyes y reglamentos. En pocas palabras, si tienes un negocio chico, puedes comprobar que eres microempresa con un papel oficial de alguna dependencia del gobierno.
Texto oficial
Artículo 4.- Las personas morales a que alude el artículo 2, fracción I, párrafo segundo de la Ley, podrán acreditar estar constituidas como microempresas o microindustrias, con la documentación o constancia que emita la autoridad competente en términos de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y de la Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal, sus respectivos reglamentos y los acuerdos o criterios emitidos por la Secretaría o, en su defecto, con la expedida por el Instituto Mexicano del Seguro Social.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.