Artículo 8 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección al Consumidor
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 8 dice que cuando se apliquen medidas de apremio (que son castigos como multas o arrestos para obligar a alguien a cumplir una orden de una autoridad), todo debe hacerse siguiendo al pie de la letra lo que marca la Ley y su Reglamento. Es decir, no se pueden aplicar esos castigos al aventón ni como se le ocurra a la autoridad; tienen que respetar pasos y reglas ya escritas. Esto evita abusos y protege tus derechos, porque tanto la autoridad como tú saben exactamente cómo deben hacerse las cosas.
Texto oficial
Artículo 8.- La aplicación de las medidas de apremio contenidas en el artículo 25 de la Ley se realizará conforme a las disposiciones establecidas en la Ley y el presente Reglamento.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.