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Artículo 12 Bis del REGLAMENTO de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si haces actividades que se consideran de riesgo (como vender autos, joyas o recibir grandes cantidades de dinero en efectivo), debes guardar los resultados de las auditorías internas o externas que te hagan. También tienes que tener a la mano todos los papeles que demuestren que arreglaste cualquier problema que los auditores hayan encontrado. Estos documentos se los tienes que entregar al SAT si te los pide. Todo esto es para cumplir con tus obligaciones contra el lavado de dinero, tal como lo marcan las reglas generales.

Texto oficial

Artículo 12 Bis.- Para efectos de la obligación establecida en el artículo 18, fracción XI de la Ley, quienes realicen Actividades Vulnerables están obligados a obtener y conservar, como parte de su actividad, y a proporcionar al SAT, cuando dicha autoridad así lo requiera, la información fidedigna, completa y actualizada del dictamen obtenido de la auditoría interna o externa según sea el caso, y a resguardar la documentación soporte que demuestre la regularización de las observaciones identificadas para el debido cumplimiento de las obligaciones previstas en la Ley, en la forma y términos que determinen las reglas de carácter general. Artículo adicionado DOF 27-03-2026

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.