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Artículo 21 del REGLAMENTO de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Según este artículo, cuando la ley habla de "venta de boletos, fichas o comprobantes", se refiere a cualquier acción en la que tú entregues dinero a cambio de poder participar en juegos de apuesta, concursos o sorteos. Eso incluye desde rifas y loterías hasta apuestas deportivas, siempre que recibas un boleto o ficha que te permita jugar. En pocas palabras: si pagas para entrar a un juego donde puedas ganar un premio, eso cuenta como una venta de este tipo de comprobantes.

Texto oficial

Artículo 21.- Para efectos de lo dispuesto por el artículo 17, fracción I, de la Ley, se considera como venta de boletos, fichas o cualquier otro comprobante similar, a cualquier acto u operación por medio del cual se reciban recursos que permitan la realización de actividades vinculadas con la práctica de juegos con apuesta, concursos o sorteos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.