Artículo 32 del REGLAMENTO de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres parte de una asociación o colegio de profesionistas y quieres presentar avisos de actividades sospechosas, primero tienes que firmar un acuerdo con el SAT y la UIF. Ese convenio te da permiso específico para hacerlo. Sin ese documento firmado, no puedes presentar los avisos. Esto aplica solo si la ley te pide ese trámite en la sección que menciona.
Texto oficial
Artículo 32.- Las Entidades Colegiadas que vayan a presentar Avisos conforme a lo previsto por la Sección Cuarta del Capítulo III de la Ley, deberán celebrar un convenio con el SAT y la UIF, que les permita expresamente presentar dichos Avisos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.