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Artículo 10 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que todas las formas que uses para hacer trámites en el Instituto se van a publicar completas en la Gaceta. Además, el Instituto avisará cuándo empiezan a aplicarse, publicándolo en el Diario Oficial de la Federación y poniendo enlaces en internet. También va a poner a disposición del público esos formatos, preferentemente en su página web, para que los puedas bajar y copiar sin problema, siempre y cuando no los cambies.

Texto oficial

Artículo 10.- Las formas oficiales, para la presentación de trámites y solicitudes ante el Instituto serán publicadas íntegramente en la Gaceta. El Instituto dará a conocer su entrada en vigor mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación, proporcionando los vínculos electrónicos que correspondan. El Instituto pondrá a disposición del público en general ejemplares de las formas oficiales, preferentemente a través de la página electrónica institucional, las que podrán ser reproducidas libremente, siempre que éstas no sean modificadas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.