Artículo 130 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo habla sobre cómo se decide si una palabra se ha vuelto un nombre común de un producto, como cuando decimos "coca" o "pañal", en lugar de ser una marca registrada. Para eso, el Instituto que revisa estos asuntos puede fijarse en varias cosas: si la gente común usa esa palabra para referirse al producto en general (por ejemplo, en diccionarios o en internet), cómo se vende y usa realmente ese producto en México, si está en las normas oficiales como nombre de un tipo de producto, o si el producto se importa de otros países con ese mismo nombre. También pueden checar cuánto se importa para ver si ya es un término común.
Texto oficial
Artículo 130.- Para efectos del artículo 173, fracción I, de la Ley, al momento de establecer si un término constituye un nombre común o genérico de un producto o si este se ha convertido en un elemento usual o genérico del mismo, conforme al lenguaje corriente o en las prácticas comerciales, el Instituto, atendiendo a la forma en que las personas consumidoras entienden dicho término, podrá considerar: I.- Si el término se usa para referirse al tipo de producto en cuestión, conforme a fuentes competentes, tales como diccionarios, periódicos o sitios de Internet especializados, entre otros; II.- La forma en que el producto al que hace referencia el término, se comercializa y usa en el comercio en México; III.- Si el término se usa para referirse al tipo o clase de producto en las normas oficiales mexicanas, los estándares o las normas internacionales, según corresponda, o IV.- Si el producto es importado a México en cantidades significativas de un lugar distinto al territorio o zona geográfica identificada en la solicitud y es denominado utilizando el término en cuestión. Para efectos de determinar si el producto es importado en cantidades significativas, el Instituto podrá considerar el monto de la importación al momento de la solicitud.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.