Artículo 163 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que te van a rechazar tu solicitud si la patente, registro, autorización o publicación que usas como base ya no está vigente, o sea, que ya no es válida. También te la van a desechar si no presentas tu acción dentro del tiempo que marca la ley. En pocas palabras, si dejas que se venza tu documento o te pasas de la fecha límite, ya no podrás seguir con el trámite.
Texto oficial
Artículo 163.- Para efectos del artículo 331 de la Ley, la solicitud de declaración administrativa se desechará cuando la patente, registro, autorización o publicación que sea base de la acción no se encuentre vigente, o cuando la acción no se ejercite dentro de los plazos previstos en dicho ordenamiento.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.