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Artículo 7 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para contar los plazos en meses o años según esta ley, el día en que se termina el plazo tiene que ser el mismo número de día del mes o año que corresponda. Por ejemplo, si empiezas el 5 de enero, el plazo de un mes termina el 5 de febrero. Si el mes no tiene ese día (como el 31 de abril), el plazo se acaba el primer día hábil del mes siguiente. También, si el plazo cae en un día no hábil (como domingo o día festivo), se mueve al siguiente día hábil. Esto aplica tanto para trámites presenciales como en línea. Además, para el caso específico del artículo 233, el plazo empieza a contar desde el día hábil después de que se cumplan tres años de haber recibido el registro.

Texto oficial

Artículo 7.- Para el cómputo de los plazos establecidos en meses o años a que se refiere el artículo 21 de la Ley, se entenderá que el plazo concluye el mismo número de día del mes o año de calendario que corresponda. Los plazos que se fijen por mes o por año, cuando no exista el mismo número de día en el mes de calendario correspondiente, concluirán el primer día hábil del siguiente mes de calendario. Si un plazo fijado en meses o años expira en un día inhábil, ese plazo expirará el primer día hábil siguiente. Los plazos y el cómputo respectivo a que se refiere el presente artículo, son aplicables a trámites realizados de manera presencial o, en su caso, en línea. El plazo a que hace referencia el tercer párrafo del artículo 233 de la Ley, se computará a partir del día hábil siguiente al de la fecha en que se cumpla el tercer año de haberse otorgado el registro.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.