Artículo 86 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo explica cuándo una marca se vuelve famosa o reconocida en México, aunque no haya nacido siendo muy original. Para que eso pase, tienes que demostrar dos cosas: primero, que has usado esa marca por mucho tiempo y sin que nadie más la use, como se acostumbra en tu negocio. Segundo, que la gente ya relaciona tus productos o servicios directamente con esa marca y con tu empresa. En pocas palabras, si tu marca ya es conocida en México por tu uso constante y exclusivo, entonces la ley la considera como distintiva.
Texto oficial
Artículo 86.- Para efectos de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 173 de la Ley, se entenderá que una marca ha adquirido un carácter distintivo en territorio nacional, cuando se acredite: I.- El uso prolongado y exclusivo del signo distintivo del que se trate, conforme a las prácticas comerciales del sector al que pertenezcan los productos o servicios, y II.- La identificación del producto o servicio con el signo distintivo y su asociación con la persona fabricante o prestadora del producto o servicio.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.