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Artículo 145 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo habla sobre cómo se pagan los gastos de funeral cuando muere un trabajador del gobierno federal, un militar o un pensionado. El dinero para cubrir esos gastos se entrega a los beneficiarios y lo paga el gobierno, pero la forma en que se hace el pago la deciden la Secretaría de Hacienda y la Función Pública. Si el trabajador que fallece es del servicio exterior mexicano y muere fuera del país, los gastos se pagan siguiendo las reglas de la Ley del Servicio Exterior Mexicano.

Texto oficial

Artículo 145. Los pagos de los gastos de defunción a que se refiere el artículo 73 de la Ley, que se otorguen a los beneficiarios con motivo del fallecimiento del personal civil federal, militar o pensionistas directos con cargo al Erario Federal, se sujetarán a las modalidades que se establezcan en las disposiciones generales que emitan para tal efecto la Secretaría y la Función Pública. Los gastos de defunción de los miembros del servicio exterior mexicano, incluido el personal de carrera y asimilado, temporal o eventual que fallezca fuera del país, se efectuarán conforme lo dispuesto por la Ley del Servicio Exterior Mexicano. CAPÍTULO X De las Adquisiciones, Arrendamientos, Obras Públicas y Servicios SECCIÓN I De las adquisiciones, arrendamientos, obras públicas y servicios REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 08-08-2025 84 de 157

Ver ley oficial en el DOF (pág. 83) ↗

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