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Artículo 169 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si una dependencia del gobierno no gasta el dinero que tenía presupuestado para un proyecto compartido con otra, debe pedirle a la Tesorería que cancele esos recursos. Para eso, tiene que entregar un aviso de reintegro junto con una carta de cancelación y un formulario especial de pagos. Así, el dinero no usado regresa a los fondos generales del gobierno. Si el reintegro se hace después de la fecha de cierre del presupuesto, la dependencia debe hacer los ajustes necesarios siguiendo las reglas que indique la Secretaría.

Texto oficial

Artículo 169. Cuando el crédito bilateral no se ejerza, las dependencias solicitarán a la Tesorería la cancelación de los recursos consignados en la cuenta por liquidar certificada mediante la emisión del aviso de reintegro, anexando a éste el oficio de cancelación y el formulario múltiple de pagos referido en el artículo anterior, a efecto de que se reintegren los recursos a las líneas globales por los importes no ejercidos. Párrafo reformado DOF 27-01-2020 REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 08-08-2025 93 de 157 En caso de que el reintegro exceda las fechas de cierre presupuestario, las dependencias deberán efectuar las rectificaciones que correspondan, conforme a las disposiciones generales que emita la Secretaría. CAPÍTULO XII De los Subsidios, las Transferencias y los Programas Sujetos a Reglas de Operación SECCIÓN I De la operación de subsidios y transferencias

Ver ley oficial en el DOF (pág. 92) ↗

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