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Artículo 170 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las oficinas del gobierno que manejan dinero público tienen que poner en su presupuesto los apoyos económicos que dan directamente a otras instituciones o agencias. También deben incluir lo que transfieren a sus propias oficinas que no tienen tanta independencia. Para pagar cosas como inversiones financieras, intereses, comisiones o deudas, se necesita un permiso especial. Solo se autorizan estos gastos si la oficina le pide permiso a la Secretaría (la dependencia que controla el dinero), y ella decide si está bien hacer ese pago.

Texto oficial

Artículo 170. Las dependencias o las coordinadoras de sector deberán incluir en sus presupuestos los subsidios y transferencias que otorguen directamente a las entidades apoyadas y a los órganos administrativos desconcentrados, según corresponda. Las previsiones para inversión financiera, pago de intereses, comisiones y gastos, y amortización de pasivos, se autorizarán excepcionalmente, siempre y cuando se presente la solicitud a la Secretaría, quien determinará la procedencia de este tipo de erogaciones.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 93) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.