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Artículo 171 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las oficinas y organismos que reciben apoyo del gobierno deben pedirle a su dependencia principal (la que las supervisa directamente) que les entregue el dinero que ya les fue aprobado por medio de subsidios o transferencias. Es como si un departamento de una empresa tuviera que pedirle a su jefe que le suelte el presupuesto que ya le autorizaron. Las "dependencias coordinadoras de sector" son las que encabezan un grupo de oficinas parecidas, y los "órganos desconcentrados" son aquellos que, aunque dependen de una secretaría, tienen cierta libertad para trabajar.

Texto oficial

Artículo 171. Las entidades apoyadas y los órganos administrativos desconcentrados solicitarán a su dependencia coordinadora de sector o a la dependencia a la que estén jerárquicamente subordinados, respectivamente, los recursos presupuestarios autorizados a través de subsidios y transferencias. SECCIÓN II De las transferencias

Ver ley oficial en el DOF (pág. 93) ↗

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