Artículo 290 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que todas las oficinas del gobierno, como secretarías y organismos públicos, tienen que darle a la Secretaría de Hacienda la información extra que les pida. Esa información sirve para que se entiendan mejor temas de finanzas públicas, o sea, cómo se gasta y administra el dinero del país. También deben dar esa información para resolver cualquier duda o solicitud que haga el Congreso de la Unión (los diputados y senadores). Todo esto lo tienen que hacer en los tiempos y formas que marque la Secretaría.
Texto oficial
Artículo 290. Las dependencias y entidades deberán proporcionar a la Secretaría, en los términos y plazos que ésta establezca, la información complementaria que se requiera para la mejor comprensión de temas específicos en materia de finanzas públicas, así como para atender las solicitudes que, en su caso, presente el Congreso de la Unión.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.