Artículo 291 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Hacienda tiene que darles a los diputados y senadores de las comisiones de finanzas, y también publicar en su página de internet, las reglas que usa para calcular el déficit (lo que gasta de más el gobierno) del presupuesto y del sector público que no es financiero. Debe hacerlo a más tardar el 1 de abril de cada año, explicando cómo mide los ingresos, gastos, financiamiento y cómo junta los datos de todas las dependencias. También tiene que entregar y publicar, para la misma fecha, las metodologías para calcular los requerimientos financieros del sector público, que son las necesidades de dinero del gobierno. Todo esto es para que quede claro cómo se manejan las cuentas públicas.
Texto oficial
Artículo 291. La Secretaría deberá entregar a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados y a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Senadores y publicar a través de su página de Internet, a más tardar el 1 de abril de cada año, las metodologías para el cálculo del déficit presupuestario y del déficit del sector público no financiero, considerando la cobertura institucional, la base de registro, la clasificación de las operaciones por ingreso, gasto y financiamiento, así como las prácticas de consolidación. Asimismo, la Secretaría deberá entregar a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados y a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Senadores y publicar a través de su página de Internet, a más tardar el 1 de abril de cada año, las metodologías para el cálculo de los requerimientos financieros del sector público.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.