Artículo 17 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para usos electorales, como las campañas o promociones de partidos, los tiempos del Estado en radio y TV se manejan según lo que dice el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. Ese código es otra ley que ya detalla cuánto duran esos espacios y cómo se usan.
Texto oficial
Artículo 17.- En el ámbito electoral, para el uso y duración de los tiempos del Estado se observará lo previsto al efecto en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. Capítulo II De los programas transmitidos directamente desde el extranjero REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE RADIO Y TELEVISIÓN, EN MATERIA DE CONCESIONES, PERMISOS Y CONTENIDO DE LAS TRANSMISIONES DE RADIO Y TELEVISIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 10-10-2002 8 de 15
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