Artículo 48 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Pues mira, el artículo dice que el Consejo va a hacer sus juntas y tomar decisiones siguiendo las reglas de su propio manual de operación. Para hacer su chamba, va a contratar al personal administrativo y técnico que necesite. Ese manual y cualquier cambio que le hagan se tienen que publicar en el Diario Oficial de la Federación, que es como el periódico oficial del gobierno donde se anuncian las leyes y acuerdos importantes para que todos los conozcan.
Texto oficial
Artículo 48.- El Consejo celebrará sus sesiones y tomará sus acuerdos conforme a lo que establezca su manual de operación. Para cumplir con sus funciones, contará con el personal administrativo y técnico que sea necesario. Tanto el manual de operación como sus modificaciones, deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.