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Artículo 9 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Seguridad Privada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes un permiso o autorización para dar un servicio, para renovarlo debes pedir la revalidación al menos 30 días hábiles antes de que se venza. Al hacer la solicitud, tienes que declarar, bajo protesta de decir verdad, que todo sigue igual que cuando te dieron la autorización. Además, si hace falta, debes entregar los documentos y requisitos actualizados que pide el artículo 19 de la Ley. Si te falta algún requisito, se aplicará lo que dice el artículo 18 de la Ley.

Texto oficial

Artículo 9.- Tratándose de la solicitud para revalidar la autorización otorgada, el Prestador de Servicios deberá promoverla cuando menos con treinta días hábiles de anticipación a la extinción de la vigencia de la autorización, debiendo manifestar, bajo protesta de decir verdad, no haber variado las condiciones existentes al momento de ser otorgada y actualizar, en su caso, las documentales y requisitos a que se refiere el artículo 19 de la Ley. En caso de existir alguna omisión de los requisitos señalados, se procederá de conformidad a lo establecido en el artículo 18 de la Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.