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Artículo 114 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Antes de que se venza tu Certificado de Cumplimiento de BPA’s, tú o tu empresa deben pedirle a la Secretaría que lo renueve. Para hacerlo, tienes que entregar un dictamen de una Unidad de Verificación que demuestre que sigues cumpliendo con la ley. La Secretaría tiene 10 días hábiles (excluyendo sábados, domingos y días festivos) para renovarte el certificado, contados a partir del día después de que reciba tu solicitud.

Texto oficial

Artículo 114. Antes de que se concluya la vigencia del Certificado de Cumplimiento de BPA´s, la persona física o moral solicitará a la Secretaría la renovación de dicho Certificado, para lo cual presentará un dictamen de Verificación del cumplimiento de la Disposición Legal Aplicable emitido por una Unidad de Verificación. La Secretaría tendrá un plazo de diez días hábiles, contado a partir del día siguiente al que haya recibido la solicitud, para renovar la vigencia del Certificado de Cumplimiento de BPA´s.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 34) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.