Artículo 120 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
La persona que tiene un Dictamen de Efectividad Biológica puede pasar sus derechos a otra persona, como cuando vendes o regalas algo que te pertenece. Esto se hace siguiendo las reglas y el trámite que marca el Código Civil Federal.
Texto oficial
Artículo 120. El titular del Dictamen de Efectividad Biológica podrá ceder los derechos contenidos en dicho Dictamen, a través del procedimiento y con las formalidades establecidas en el Código Civil Federal.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.