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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LFSV/129
Ley
REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal
Artículo
129

Artículo 129 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El SENASICA es la autoridad mexicana que se encarga de revisar y supervisar cómo se controlan las plagas que están reguladas por la ley, usando métodos naturales como insectos o microbios benéficos. También vigila cuando se traen del extranjero estos mismos agentes biológicos para combatir plagas. En palabras simples, este artículo dice que el gobierno, a través del SENASICA, pone atención a que todo ese proceso se haga de manera correcta y segura, sin que se salga de control.

Texto oficial

Artículo 129. El SENASICA verificará las actividades de control biológico de Plagas Reglamentadas y las importaciones de Agentes de Control Biológico.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal (pág. 36) ↗

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