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Ley
REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal
Artículo
134

Artículo 134 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Agricultura va a publicar las reglas claras para que puedas tramitar permisos como Organismo de Certificación o laboratorio especializado en sanidad vegetal. También va a definir cómo pedir la evaluación para obtener esa aprobación, cómo renovarla o actualizarla, y cuáles son tus obligaciones si te la dan. Además, la Secretaría podrá poner otras condiciones que ella misma decida. En pocas palabras, ellos fijan los pasos y requisitos que tú debes seguir para sacar o mantener esos permisos.

Texto oficial

Artículo 134. La Secretaría establecerá en las Disposiciones Legales Aplicables que le corresponda emitir, las especificaciones, criterios y procedimientos que deberán cumplir los interesados en obtener la Aprobación o autorización, según corresponda, de Organismo de Certificación, de Unidad de Verificación, de Laboratorio de Prueba, de Profesional Fitosanitario Autorizado o de Tercero Especialista en materia de Sanidad Vegetal o Sistemas de Reducción de Riesgos de Contaminación en la Producción Primaria de Vegetales. Asimismo, la Secretaría establecerá en las Disposiciones Legales Aplicables que le corresponda emitir, las especificaciones, criterios y procedimientos que deberán cumplir los interesados a que se refiere el párrafo anterior para solicitar: I. La evaluación para obtener la Aprobación o autorización; II. La renovación, ampliación o actualización de la Aprobación o autorización; III. La delimitación de las facultades y responsabilidades de las personas aprobadas y autorizadas, y IV. Las demás que determine la Secretaría.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal (pág. 38) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.